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Conclusiones de la Comisión Nro. 2El Derecho de Propiedad ante la situaciones de Crisis1) La teoría del descorrimiento del velo es de aplicación restrictiva y tiende a equilibrar la situación del abuso de derecho . 2) La aplicación de la teoría del velo sería muy útil para el análisis de las cadenas societarias en fraude a la ley, realizando controles exhaustivos y determinar la cadena de sociedades integradas por los mismos socios con diferentes objetos sociales (denominado efecto dominó). 3) La integración de la teoría de la penetración en las relaciones laborales es un verdadero logro. 4) Los entes encargados de la Registración de personas jurídicas deben extremar los recaudos en el contralor del objeto societario y vinculado a este con quienes integran la sociedad a fin de evitar entre otras situaciones la existencia de sociedades de composición prohibida. 5) Se propone una modificación en las normas de inspección vinculadas con la conformación de sociedades con capital irrisorio que solo sirven para evasión fiscal y para el ocultamiento de bienes en detrimento de los derechos de los terceros en sus relaciones comerciales con la misma, lo cual se agudiza en el caso de falencia con la responsabilidad limitada del patrimonio social de bienes insuficientes en la mayoría de los casos. 6) Parte de la solución sería aumentar el capital mínimo de las sociedades y que los depósitos de capital constitutivo se mantengan durante dos años 7) Resulta imprescindible una reforma en materia Concursal en cuanto a extensión de la quiebra para determinar claramente el desdoblamiento de los bienes personales, de los bienes afectados a una sociedad determinada con controles contables e impositivos eficaces. 8) Es necesario legislar sobre la limitación de responsabilidad del empresario individual contemplando específicamente la normativa tributaria y la de relaciones laborales, extensivas a las denominadas PyMES a fin de propugnar un desarrollo legislativo más favorable todo ello vinculado a la realidad argentina en la cual son las PyMES las mayores creadoras de fuentes de trabajo. 9) Creemos que la falta de equidad entre protección de bienes personales de integrantes de sociedades pluripersonales con respecto al empresario individual trae aparejada una disparidad de trato reñido con las pautas constitucionales de igualdad.
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-------------------------------------------------------------------------------- Editor:
ASOCIACION DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES
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