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CVII
CONGRESO INTERNACIONAL DE DERECHO DE DAÑOS |
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| PONENCIAS | |||||||
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PONENCIA 72 Hidroplaneo (Aquaplaning) Por Jorge Oscar Geretto Resumen: Habiendo adquirido importancia los daños derivados de accidentes causados por hidroplaneo (aquaplaning), con el propósito de aportar algunas ideas fuerza sobre el problema, se describe el fenómeno, los requisitos necesarios para que se produzca el hidroplaneo, y cual es el aporte que se puede conseguir con una prueba técnica de ingeniería, así como enunciar medidas básicas de prevención.
¿En que consiste? Es un fenómeno físico, que ocurre cuando un rodado automotor ingresa a alta velocidad a un charco de agua. Se produce en charcos de poca profundidad aun de 1,25 centímetros de profundidad (media pulgada), un efecto hidrodinámico; el agua forma una cuña entre el neumático y el pavimento o suelo, provocando por un empuje de abajo hacia arriba, efecto similar al que producen las corrientes de aire sobre el ala del avión, que provoca la separación entre ambos. De esta manera el neumático deja de rodar sobre la calzada, quedando apoyado sobre una delgada capa de agua. En esas condiciones la rodadura entre el neumático y el pavimento pasa a realizarse entre el neumático y el agua, disminuyendo a valores de adherencia muy bajos. Se forma una cuña de agua entre el pavimento y la superficie de contacto del neumático. Los valores del coeficiente de rozamiento pasan de valores normales por ejemplo 0.50 a valores tan bajos como 0.08. (Irureta). La esencia del fenómeno de hidroplaneo es la incapacidad del agua de escapar del área de contacto de la rueda y pavimento. El vehículo comienza a rodar sobre el agua, por la acción de dicho efecto hidrodinámico, se pierde el control del rodado, desaparece la fricción rueda pavimento. No hay posibilidad de aplicar los frenos con éxito, al perderse el rozamiento neumático pavimento. El problema puede mejorarse en forma limitada con dibujos más profundos y con formas que favorezcan la descarga del agua en la superficie de contacto con el neumático. El efecto de hidroplaneo o aquaplaning, es función de la existencia de charcos de agua de espesor delgado –a partir de los 2 mm de espesor de capa de agua puede haber hidroplaneo-, de la velocidad de circulación del neumático cuando ingresa al charco de agua existente en el camino, de la presión de inflado de los neumáticos, en menor medida inciden la forma de los dibujos de las cubiertas o neumáticos, y prácticamente no depende de la rugosidad de la calzada. El hidroplaneo o aquaplaning es el fenómeno físico que se produce cuando el agua es incapaz materialmente de escaparse del contacto entre la rueda y el camino. Las propiedades normales de los caminos presentan condiciones de diseño tales que drenan transversalmente y longitudinalmente por medio de pendientes adecuadas, el agua y los líquidos que puedan depositarse sobre el camino, para que la misma se halle completamente libre de fluidos. Asimismo las zanjas y demás drenajes conducen los mismos hacia las pendientes naturales de los terrenos, o hacia canalizaciones adecuadas. Cuando el vehículo pierde el contacto con la calzada, se desliza sobre la capa de agua, tornándose ingobernable el control del rodado, dejando de responder los sistemas de frenos.
Condiciones básicas para que se produzca hidroplaneo: Condición esencial 1) Fundamentalmente para que haya hidroplaneo debe existir como condición previa una acumulación de agua mínima sobre la calzada.
Condición 2) Como segunda condición mínima, debe existir una velocidad mínima de circulación del rodado, para que circulando a dicha velocidad pueda hidroplanear sobre la superficie de agua acumulada.
¿Qué es lo que puede producir el hidroplaneo? El fenómeno de hidroplaneo puede producir el desempeño descontrolado del rodado a pesar de los buenos oficios que pueda realizar su conductor. En condiciones de descontrol se puede producir un accidente de transito, sin daños o con daños a las personas y/o a las cosas y/o animales etc. Causas de la acumulación de aguaSon causales de acumulación de agua, la deformación de la calzada tal como el ahuellamiento de la calzada de circulación, donde se pueden formar largos charcos de agua longitudinales de baja profundidad que por determinadas razones pueden no escurrir a los desagües o drenajes de agua. Son causales de acumulación de agua el mal estado de los drenajes transversales y longitudinales de la vía, también las deformaciones de la vía, la rotura de cañerías, las obstrucciones de los conductos de canalización y drenaje de las aguas que deben ser evacuadas de la calzada. La acumulación de agua es en principio atribuible a condiciones no adecuadas de evacuación del agua de la calzada en forma natural, por deficiencias en los sistemas de drenaje o por deficiencias debida a deformaciones de la calzada, o por cualquier otro factor que genere acumulación anormal de agua sobre la calzada o vía de circulación. La acumulación se puede establecer durante cortos periodos de tiempo, por ejemplo durante fuertes lluvias, y que luego se evacuan o que quedan por largo tiempo por deficiencias en el sistema de evacuación de líquidos de las calzadas.
Velocidad de hidroplaneo: Hay una discusión acerca de la velocidad a la cual comienza el hidroplaneo, pero básicamente se puede aceptar que comienza a partir de velocidades de circulación mínimas comprendidas entre los 80 y 90 km/hora. Hay una relacion matemática empírica que establece que la velocidad mínima de hidroplaneo es proporcional a la raíz cuadrada de la presión de inflado de los neumáticos.
Estado de los neumáticos; El estado del dibujo de los neumáticos, y el tipo de dibujos puede intervenir en retardar la velocidad de comienzo del hidroplaneo. Dos vehículos idénticos uno con buenas condiciones de neumáticos y otro con neumáticos lisos, el primero iniciaría el hidroplaneo a una velocidad mayor que el segundo, porque el segundo tendrá una menor capacidad de evacuar el agua del camino, pero ambos van a sufrir el fenómeno de hidroplaneo.
Señalización: Dado que el hidroplaneo es un fenómeno no conocido por el común de los conductores, es necesario informar mediante carteles avisos y señales bien visibles, los limites de velocidad máximos que deben respetarse en casos de acumulación de agua sobre la calzada, en los casos de lluvias copiosas, en los casos de lluvias copiosas y prolongadas, etc. El fenómeno de hidroplaneo normalmente surge de forma inesperada, el común de los conductores no se representan el mismo, por ello estimo la necesidad de realizar las advertencias necesarias en forma anticipada mediante carteles y avisos y/o señales de otro tipo. Debe destacarse que la moderna tecnología digital ha permitido habilitar señalamiento y avisos luminosos modificables en función de las circunstancias, lo cual ayuda notablemente al desempeño de los conductores.
Efecto del viento: En situaciones de hidroplaneo, al ser muy baja la adherencia por estar el rodado despegado de la calzada, el viento cruzado tiende a sacar o desplazar al rodado de su carril, contribuyendo a la ingobernabilidad del rodado que se produce por el efecto del hidroplaneo del rodado.
Efecto de inmersión en charcos de agua o en zonas inundadas Efecto de retardamiento. Cuando un vehículo ingresa a un remanso de agua o charco con profundidades mayores a 5 cm, puede ocurrir que en lugar de hidroplanear avance hundiéndose en el charco, siendo frenado por la reaccion de la fricción del agua con los neumáticos, mayor velocidad de ingreso mayor fuerza de retardamiento. En esas condiciones los neumáticos, por ejemplo al hundirse en profundidades del orden de 5 cm, experimentan los vehículos desaceleraciones de 1g, mucho mas fuerte que las de un frenado en pavimento seco.
¿Que debe acreditarse en un caso de hidroplaneo? En un probable caso de hidroplaneo o de hidroplaneo con inmersión debería a mi criterio acreditarse los siguientes extremos: Que ocurrió el hecho derivado de un accidente de transito Que se produjeron daños Que había agua acumulada en el camino por donde transitaba el vehículo interviniente (el que experimenta hidroplaneo) Que circulaba a una velocidad adecuada compatible con la ocurrencia del hidroplaneo. El hecho y los daños no son materia de tratamiento en esta trabajo sino las condiciones en las cuales se puede producir.
Acumulación de agua; Se debe relevar el camino, si es posible en tiempo real; es importante acreditar por ejemplo con testigos la existencia de acumulación de agua en el lugar, el día del accidente preferentemente a la hora del accidente. Luego acreditar mediante inspección la geometría de la calzada y la aptitud para acumular agua. Verificar el estado de los drenajes, la deformación de la calzada, el ahuellamiento de la vía, la ocurrencia de precipitaciones, etc. Se puede tener en cuenta las estadísticas de accidentes anteriores en el lugar con motivo de la acumulación de agua, etc, que generalmente se halla informados en las autoridades publicas. Conceptualmente interesa en alguna manera acreditar por algún medio la existencia de agua acumulada.
Velocidad de circulación; La velocidad de circulación debe ser compatible con el comienzo de la ocurrencia de un fenómeno de hidroplaneo. Pueden pasar dos situaciones, que la velocidad máxima de circulación permitida era inferior a la velocidad de comienzo de hidroplaneo, y la situación inversa que la velocidad de circulación máxima sea superior a la velocidad de comienzo de hidroplaneo.
El señalamiento: Las señales de tránsito son elementos necesarios de información de los conductores automovilistas, ciclistas peatones, etc. Los mismos son operadores de la conducta que suministran estáticamente la información necesaria, para evitar accidentes en la circulación. Debe acreditarse señalamiento explicito de advertencia con relacion al agua acumulada, previo al lugar de la acumulación, a distancia suficiente compatible con la velocidad máxima de circulación, claramente identificable para un conductor normal a la velocidad máxima de circulación permitida en el tramo. Debe señalizarse claramente para todo el conjunto de automovilistas que circulan cuales son las velocidades máximas permitidas en caso de lluvia fuerte, de manera de que el colectivo de conductores tenga patrones similares, al mismo tiempo en iguales circunstancias. Puede ser que en un colectivo de conductores que circulan simultáneamente, cada uno tenga en las mismas circunstancias diferentes patrones de prudencia, y que consecuencia de las diferencias en los patrones se puedan producir accidentes o inducir a que ocurran. Debe existir señalamiento para que haya patrones comunes de prudencia. Factores a tener en cuenta:
La combinación de:
Son los ingredientes del menú para la asignación de responsabilidad por la existencia de un accidente automotor por hidroplaneo. El propietario del camino, o su concesionario en el caso de los caminos concesionados, tiene la misión de vigilar la seguridad del transito, mediante el correcto drenaje de las aguas de los caminos favoreciendo su inmediata evacuación, impidiendo la formación de acumulación de agua, mediante la correcta conservación de las calzadas evitando y corrigiendo las deformaciones, mediante la señalización adecuada diurna y nocturna, advirtiendo a los conductores de los limites de velocidad con relación a las acumulaciones de agua. No debe acumularse ni permitirse la acumulación de agua sobre la calzada, pero si ello es posible circunstancialmente, se debe señalizar adecuadamente disponiendo la reducción de la velocidad de circulación a máximos compatibles con la no ocurrencia de hidroplaneo.
Utilidad de la prueba de Ingeniería: Acompañando a los demás medios de prueba, en estos casos la prueba de ingeniería puede servir tanto en los sumarios penales como en las mediaciones y en las reclamaciones civiles para: La comprobación la posibilidad de la acumulación de agua en el camino Verificar la geometría y trazado del camino en el entorno del accidente Comprobar el ahuellamiento de los carriles de circulación, y las pendientes transversales, así como todo otra deformación. Verificar la fuente de agua que produce acumulación. Verificar el señalamiento existente y si el mismo es adecuado. Verificar la velocidad de circulación, la permitida y la desarrollada. Explicar el efecto del viento del día del accidente a la hora del accidente en el lugar del accidente y su posible contribución al hecho. Verificar las estadísticas de siniestralidad del lugar Explicar técnicamente cual el fenómeno del hidroplaneo y si es de verosímil ocurrencia con las condiciones del camino y de circulación en el lugar del accidente.
Constatar la existencia de medidas de seguridad adecuadas. El estudio de las condiciones de los contratos de concesión en las condiciones técnicas, los trabajos acordados tanto en los contratos originarios como en las ampliaciones. La prueba pericial de ingeniería en estos casos puede servir para vincular el daño producido con el agente causal adecuado, es un medio para obtener el puente entre la condición de circulación y la consecuencia de un accidente ocurrido bajo esas condiciones.
Condiciones de prevención: La condición de prevención básica para evitar la ocurrencia de problemas de hidroplaneo es la eliminación de la posibilidad de acumulación de agua sobre la calzada. Cuando se suprime la posibilidad de acumulación de agua se suprime el riesgo, no habiendo agua no hay posibilidad de ocurrencia del fenómeno de hidroplaneo. La condición peligrosa que decide el fenómeno de hidroplaneo es la acumulación de agua. Cuando no se pueda eliminar la acumulación de agua sobre la calzada debe operarse sobre la reducción de velocidad, para ello debe proveerse de señalamiento adecuado que indiquen a los automovilistas la velocidad máxima de circulación precaucional en el área de acumulación. La velocidad máxima recomendada debería ser del orden del 70% de la velocidad de inicio del hidroplaneo, aproximadamente debería fijarse en 60 km/hora, asignando coeficiente de seguridad de 1.5. |
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