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CONGRESO INTERNACIONAL SOBRE DERECHOS
Y GARANTIAS EN EL SIGLO XXI.
El Seguro de Crédito: garantía del asegurado frente a la insolvencia de sus clientes
Por Mª. Isabel CANDELARIO MACIAS
E.mail: icandela@der-pr.uc3m.es
Resumen:
Cuando nos referimos al crédito, sabemos que estamos ante un factor de primer orden en el desarrollo y desenvolvimiento de los negocios, sobre todo, en el comercio no puede eliminarse, -salvo raras excepciones-, este elemento tan importante. Es sabido también que en el intercambio a crédito, cuya base es la confianza, media un espacio de tiempo, más o menos dilatado entre la prestación del acreedor y la contraprestación del deudor, y supone en éste la existencia o la disponibilidad de bienes realizables en cantidad suficiente en el momento en que es exigible su obligación. Así, para que el intercambio a crédito se lleve a cabo normalmente, es necesario que la existencia del bien futuro no sea puramente ilusoria, sino real, efectiva, pues si el acreedor corre un riesgo, éste debe depender solamente de circunstancias imprevistas y ajenas por completo a la voluntad del deudor; si así no fuera, es indudable que el intercambio a crédito no podría tener lugar.
A nadie escapa que el desarrollo económico y las exigencias del sistema capitalista han convertido al crédito en su elemento esencial. Mas por ello mismo, el crédito debe ser protegido frente a los riesgos que lo amenazan. Todo acreedor (asegurado) de suma pecuniaria está interesado en percibir su crédito a su vencimiento, evitando que lo impidan los desequilibrios económicos o la insolvencia de su deudor; y asimismo, el acreedor de una obra o de un servicio futuro necesita garantizar la reparación de los daños que pueda causarle su eventual incumplimiento total o parcial. Esta garantía viene dada por el Seguro de Crédito, entendido como aquel que mediante el cobro de una prima el asegurador asume el riesgo de que el crédito de que es titular el asegurado frente a un tercero, resulte fallido.
Desarrollo 1.- Introducción:2.- ¿Qué es el Seguro de Crédito?:
Si existe un riesgo, debe existir el seguro que lo cubra y, al tratarse en este caso de un
riesgo de crédito, su cobertura corre por cuenta del Seguro de Crédito. El Seguro de
Crédito constituye así la aplicación de los principios del Seguro y de la Ley de los
grandes números en la cobertura de los riesgos inherentes a los créditos comerciales.
Sus pólizas pueden revestir formas diversas pero puede afirmarse, en términos generales,
que el Seguro de Crédito proporciona una cobertura a los industriales y comerciantes
contra las pérdidas sufridas por insolvencia o falta de pago prolongada de los
compradores de sus mercancías o productos. No puede dudarse, pues, que la mayoría de las
empresas poseen un porcentaje de su cifra de negocio asegurada, en concreto, frente a
posibles riesgos como la situación de morosos; o bien en casos más graves como la
aplicación de los procedimientos concursales (quiebra, concurso preventivo, suspensión
de pagos).
De modo que el empresario de hoy día debe tener muy presente cuál de las dos opciones
siguientes es la más rentable para el desarrollo eficiente de su negocio: de una parte,
conocer la solvencia de sus clientes y el estado del mercado, persiguiendo las cuentas que
no han sido regularizadas a su vencimiento, sin tener la seguridad de recuperar algo o; de
otra parte, por el contrario, contratar una póliza de créditos comerciales. La empresa
se encuentra en un entorno de constantes riesgos. La finalidad última de la empresa
persigue transformar esta incertidumbre que provocan los riesgos por una certidumbre
mediante su supresión. Esta supresión del riesgo, o al menos su disminución no puede
hacerse nada más que por la vía aceptable de tener un coste de cobertura, precisamente
traducido en la contratación de un Seguro de Crédito.
En síntesis, hemos de concluir con lo señalado por el Prof. CABRILLO (2)"los
riesgos de los acreedores ante la posibilidad de crédito fallido pueden ser cubiertos, al
menos parcialmente, mediante la contratación de los seguros que ofrece el mercado. En un
contrato de seguro, el asegurado cambia un coste elevado -el riesgo asegurado-, pero, con
una probabilidad igual a uno, la prima. Es decir, si la probabilidad de que se produzca la
pérdida es P=0,01 y el valor de la posible pérdida es 1000, el asegurado intercambia un
pago cierto de 10 para evitar tener en uno por ciento de probabilidad del incierto más
elevado".
3.- Funciones del Seguro de Crédito:
Las principales funciones se ilustran, de un lado, en indemnizar las pérdidas por
el incobro de un crédito. De otro, la diversidad de servicios que proporciona el
asegurador de este tipo de seguro que, cada día adquiere mayor importancia, no sólo por
la especialización de aquel, sino por ser medio de garantía o protección de
la actividad comercial desarrollada por el asegurado.
Todo lo dicho hace que el Seguro de Crédito desempeñe una función importante en la
gestión del riesgo en la empresa. Con su ayuda la empresa puede limitar los riesgos
originados por la concesión de un crédito comercial, dado que el asegurador se dedica en
primer lugar a la prevención de siniestro, mediante el análisis de la solvencia de sus
compradores; en segundo lugar, aminora las probabilidades de siniestros gracias al control
continuo de los compradores y, en caso necesario, mediante un reajuste de las
clasificaciones y, por último, -en caso de que ocurra un siniestro- compensa la pérdida
del crédito sufrida por el vendedor, según lo estipulado en la póliza.
A la vista de lo anterior, el Seguro de Crédito aparece como un servicio financiero que
abarca las siguientes funciones:
1. La función más importante del seguro de crédito es la prevención del siniestro. El instrumento para cumplir dicha función es el análisis exhaustivo de los compradores a asegurar en lo referente a su capacidad financiera y solvencia. Aparte de estos parámetros, este análisis también toma en consideración la situación del ramo y el riesgo subjetivo que representa la gerencia de la empresa del asegurado.
2. El análisis del comprador, cuyas obligaciones frente al
asegurado van a ser el objeto del seguro, exige informaciones en calidad y en cantidad,
detalladas y continuamente actualizadas, por ejemplo, sobre su situación financiera, sus
referencias bancarias, sus hábitos de pago a los proveedores, su posición en el mercado,
su orientación estratégica y la calidad de su dirección. Conseguir la información y
procesarla requiere un alto coste financiero.
La cuantía de los créditos del asegurado concedidos a sus clientes está sometida a
cambios continuos, por lo que es lógico que en lugar de una cobertura individual se elija
para el Seguro de Crédito la forma más divulgada, que es una cobertura enmarcada en un
contrato global para los compradores clasificados de un asegurado. Junto con la
declaración de ventas obligatorias, este tipo de cobertura es la apropiada para
garantizar -al involucrar a varios compradores- una diversificación adecuada de la
cartera y con ello crear la base para un cobertura de riesgo factible a nivel técnico.
Esta cobertura puede compararse con el modo operandi de una cuenta corriente. El
límite concedido a un comprador se liquida con los pagos efectuados por el mismo y se
utiliza con nuevos pedidos. La cuantía de la cobertura no depende del asegurado sino de
la calidad del comprador y es controlada continuamente por el asegurador y ajustada en
caso de necesidad.
3. Por último, la liquidación de los siniestros y el consiguiente restablecimiento de la liquidez del proveedor asegurado es, aparte del recobro (recuperaciones), la tercera y última función del asegurador. En caso de siniestro, el asegurado está primeramente obligado a tomar todas las medidas que puedan disminuir o evitar el impago. Pero, en razón de su experiencia y especialización, es el asegurador quién está en mejor posición para representar los intereses del asegurado y jugar un papel decisivo en la aminoración del siniestro. Dicho análisis se puede llevar a cabo junto con otros acreedores y con el administrador judicial, debiéndose sin embargo partir siempre del hecho más desfavorable.
Funciones del Seguro de Crédito
Administración de Riesgos
|
-Análisis de riesgos -Control de riesgos -Optimización de riesgos |
Aceptación del Riesgo |
-Declaración de ventas -Aceptación/transferencia del riesgo -Estipulación de términos y condiciones -Emisión de pólizas |
| Manejo de Siniestros |
-Aviso de siniestros -Aceptación de siniestros -Mandato contencioso -Reducción de siniestros -Indemnización de siniestros -Subrogación (Recobro) |
4.- Conclusión:
El Seguro de Crédito protege a la empresa frente a las insolvencias definitivas de los
clientes, pero no resuelve, por sí mismo, el problema de los impagos(3). No se duda, por
otra parte que el Seguro de Crédito facilita el obtener unos créditos más ventajosos
(en términos de rapidez, de tasas de interés o de precio):
a) con los bancos, una empresa con un Seguro de Crédito puede subrogarse en el reembolso
del crédito asegurado. Este último no es solamente una garantía suplementaria en caso
de dificultades de su cliente, sino también una certidumbre para su cliente, ya que el
asegurado no adoptará riesgos en el supuesto de tener que reembolsarse sus créditos a
causa de la quiebra de un cliente importante. La consecuencia de este riesgo se ve
limitada.
b) con los proveedores: la empresa con Seguro de Crédito está considerada como un riesgo
menos elevado que la empresa que no lo posee en circunstancias similares. El Seguro de
Crédito, entonces, cumple dos funciones importantes en la vida y desarrollo de una
empresa.
1. La gestión y el tratamiento del riesgo implica un verdadero valor añadido, y una
garantía calidad-precio superior a aquel que otra empresa puede obtener.
2. La garantía del pago en caso de que suceda el riesgo del cliente asegurado, protege
así su rentabilidad y, en fin, su contabilidad y su capital asegurado.
Estos dos planteamientos combinados hacen que el Seguro de Crédito se convierta en un activo/garantía de desarrollo para el asegurado, que le permite de este modo asumir el riesgo de manera más ventajosa que el resto de sujetos. En conclusión, el Seguro de Crédito aparece con una ventaja competitiva para el asegurado y su banca.
NOTAS(1)LATORRE LLORÉNS, L.."Qué es el seguro de
crédito".Nº.8.Hacienda Pública española,1971.p.155. Además, BAREAU,Paul.Credit
Insurance.2ª.edic. The International Credit Insurance Association, 1961.p.25, señala
que "the need for credit insurance has increased as a result of the inflaction of
prices and credit over the past decade (...) the case for credit insurance is that by
reducing the element of risk in the granting of credit it lubricates the credit system
which is of the very essence of trade and prosperity".
(2)CABRILLO, Frco.. Quiebra y Liquidación de empresas. Madrid: Unión Editorial,
1989. p.109 110. Además, ha de considerarse las reflexiones de DIAZ DIAZ, Pablo."El
Seguro de Crédito".Vol.183. Economía y Finanzas Españolas, 1986.p.27.
(3) SÁNCHEZ SOLIÑO, A.."Cómo decidir el seguro de crédito: una
aproximación". Nº.40. Actualidad Financiera, 1987.p.1996. También,
BARRON,John M.,STATEN, Michael E..Consumer attitudes toward Credit insurance. London:
Kluwer Academic Publishers, 1996.p.27 y ss..
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Ultima revisión y actualización de esta página: 09/06/99
ã Asociación de Abogados de Buenos Aires, 1999